BASES SUBVENCIONES PARA LA RECONCILIACIÓN DE LA VIDA PERSONAL, FAMILIAR Y LABORAL EN ANDALUCÍA

Formación y Empleo

BASES SUBVENCIONES PARA LA RECONCILIACIÓN DE LA VIDA PERSONAL, FAMILIAR Y LABORAL EN ANDALUCÍA

BOJA Nº 106-Lunes, 3 de junio de 2024, página 45612/1

DESTINADAS PARA LA CONTRATACIÓN REALIZADA POR PERSONAS TRABAJADORAS AUTÓNOMAS

240603-BOJA-SUBVENCIÓN CONCILIACIÓN-CONVOCATORIA

El Ayuntamiento de Benacazón informa de la presente convocatoria, la cual se rige de 5 de octubre de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en Andalucía.

Destinada (Línea 4) para la contratación realizada por personas trabajadoras autónomas con hijos o hijas menores de tres años a su cargo para que trabajen en su actividad económica o profesional. (Línea 5) Y para la contratación realizada por personas trabajadoras autónomas para su sustitución en los supuestos de riesgo durante el embarazo, y en los periodos de descanso por nacimiento de hijo o hija, adopción, guarda con fines de adopción, o acogimiento familiar

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de las solicitudes se iniciará a partir del día siguiente al de la publicación de extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, conforme a lo previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y finalizará el 15 de septiembre de 2024.

BOJA Nº 106-Lunes, 3 de junio de 2024, página 45612/1